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Programa de Protección Temporal (TPS)

Gobierno anula regla que impedía a titulares de TPS pedir la residencia permanente

La Oficina de Apelaciones istrativas del servicio de inmigración anuló una regla que impedía a titulares de TPS obtener la residencia. Pero a partir de ahora si viajaron al exterior con un permiso y al regreso les dieron isión legal y tienen un cónyuge estadounidense o hijos estadounidenses mayores de 21 años, califican para la tarjeta verde (green card).
Publicado 1 Jul 2022 – 09:57 PM EDT | Actualizado 3 Jul 2022 – 08:57 AM EDT
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Los inmigrantes indocumentados protegidos por un Estatus de Protección Temporal (TPS) que obtienen un permiso de viaje al exterior y luego regresan a Estados Unidos, serán elegibles para solicitar el ajuste de estatus y obtener la residencia legal permanente.

Así lo anunció este viernes la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS). La agencia indicó que la decisión fue tomada por la Oficina de Apelaciones istrativas (AAO) del servicio de inmigración tras revisar el caso conocido por las siglas Z‑R‑Z‑C-.

De acuerdo con la nueva política, el servicio de “ya no utilizará el mecanismo de libertad condicional anticipada para autorizar viajes para beneficiarios de TPS, sino que proporcionará un nuevo documento de autorización de viaje”.

Este documento, agrega, “servirá como prueba del consentimiento previo para viajar contemplado en la ley de inmigración (NA 244(f)(3)) y sirve como evidencia de que el portador puede ser inspeccionado y itido como titular de TPS de conformidad con MTINA (Enmiendas Misceláneas y Técnicas de Inmigración y Naturalización de 1991) si se cumplen todos los demás requisitos”, agrega.

No es automático

“Inspeccionado y itido significa que el titular de TPS, una vez se haya presentado en un puerto de entrada después de un viaje autorizado al exterior, sea itido legalmente en Estados Unidos. Esa entrada es la que le permitirá hacer el ajuste”, explica José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce el Miami, Florida.

Pero Guerrero advierte que, “para aplicar a la residencia no es que automáticamente la salida y la isión al regreso le otorgan automáticamente la residencia (green card o tarjeta verde). El extranjero debe tener una vía legal para hacerlo, como por ejemplo la petición de un cónyuge estadounidense, la cual le da el derecho a aplicar a la residencia”.

También califican aquellos titulares de TPS que tengan hijos ciudadanos estadounidenses mayores de 21 años.

El Asunto Z-R-Z-C- señala que un beneficiario del TPS a quien se le otorga autorización para viajar temporalmente al extranjero de conformidad con la sección 244(f)(3) de la Ley de Inmigración (INA) y que posteriormente vuelve a entrar a Estados Unidos utilizando un documento de viaje de USCIS, recupera el mismo estatus migratorio que tenía el extranjero en el momento de la salida, a menos que el extranjero sea inisible por ciertos motivos penales o de seguridad nacional u obtiene una visa de inmigrante o no inmigrante y la presenta para la isión al país.

Qué significa el cambio

Al rescindir el Asunto Z-R-Z-C, los beneficiarios de TPS que tramiten y obtengan un nuevo documento de viaje por parte de la USCIS y al regreso sean inspeccionados y itidos, estarán
"presentes en Estados Unidos de conformidad con una isión legal" que les permitirá utilizar esa entrada legal “incluso para fines de ajuste de estatus bajo la Sección 245 de la INBA”.

“Esto es válido incluso si el beneficiario de TPS estuvo presente sin isión o libertad condicional cuando inicialmente se le otorgó el amparo del TPS”, agrega el memorando.

La agencia también explicó que, “al adjudicar una solicitud de ajuste de estatus o cualquier otra solicitud de beneficio cuando corresponda, considerará si aplica esta guía a los viajes realizados por el solicitante antes de la emisión de este memorándum” (retroactivos)”.

“Esta consideración incluirá una revisión caso por caso de cualquier dependencia sobre la póliza anterior, la ley aplicable, así como cualquier otro factor relevante para la aplicación de esta guía para viajes previos”, apuntó.

Los requisitos

La nueva política indica además que, para ser elegible a consideración bajo esta guía, una vez realizado el viaje y vuelto a Estados Unidos, el titular de TPS debe cumplir con cada uno de los siguientes requisitos:


  • Obtuvo autorización previa para viajar al extranjero temporalmente sobre la base de ser beneficiario de TPS;
  • El TPS del no ciudadano no fue retirado o la designación para su estado extranjero (o parte de un estado extranjero) no terminó o no expiró durante su viaje;
  • El no ciudadano regresó a Estados Unidos de acuerdo con la autorización para viajar; y
  • Al regresar el no ciudadano fue inspeccionado por el exServicio de Inmigración y Naturalización (INS) o el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) en un puerto de entrada designado y en libertad condicional o de otro modo autorizado a pasar a los límites territoriales de Estados Unidos de acuerdo con el TPS basado autorización de viaje.

A su vez, la nueva política de USCIS acara que la guía NO SE APLCA A:

  • Los viajes realizados por no ciudadanos cuyo TPS no era válido para la duración del viaje;
  • Quienes viajaron sin obtener una autorización previa según INA 244(f)(3);
  • Quienes no regresaron de acuerdo con la autorización previa bajo INA 244(f)(3);
  • Quienes no fueron inspeccionados en un puerto de entrada designado;
  • Quienes fueron declarados inisibles por los motivos especificados en INA 244(c)(2)(A)(iii) al regresar de un viaje autorizado; y/o
  • Quienes fueron puestos en libertad condicional o autorizados a ingresar a Estados Unidos sobre una base distinta a la autorización de viaje basada en TPS.

Respuesta a fallo de Corte Suprema

Para Alex Gálvez, un abogado de inmigración que ejerce en Los Ángeles, California, la anulación del Asunto Z‑R‑Z‑C- por parte de la Oficina de Apelaciones istrativas (AAO) “es en respuesta a un fallo pronunciado el año pasado por la Corte Suprema, que por unanimidad dictaminó que los titulares de TPS no tienen a la tarjeta verde”.

En una decisión 9-0 la Corte Suprema falló que los titulares del Estatus de Protección Temporal (TPS) que entraron ilegalmente al país no son elegibles para convertirse en residentes legales permanentes.

Los magistrados señalaron que la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) establece que la elegibilidad para el estatus de residentes generalmente requiere una "isión" en el país, definida como "la entrada legal del extranjero en Estados Unidos después de la inspección y autorización de un oficial de inmigración".

Por ello, determinaron que el TPS “no elimina el efecto de esa entrada ilegal” (en aquellos casos donde el titular del beneficio entró a Estados Unidos sin autorización).

Gálvez dijo que el gobierno, al anular el Asunto Z-R-Z-C- “el gobierno combate el daño causado por el máximo tribunal de justicia. Ahora esposos y padres de cónyuges e hijos mayores de edad estadounidenses podrán ajustar sus estatus una vez viajen fuera del país con permiso, regresen y sean itidos

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Detalles del TPS

El TPS fue creado por el Congreso en 1990, está disponible para los extranjeros calificados presentes en Estados Unidos que sean nacionales de un estado extranjero o individuos
sin nacionalidad que residieron habitualmente allí por última vez y cuyo país fue designado para recibir TPS por el secretario de Seguridad Nacional (anteriormente por el fiscal general).

USCIS explica que las designaciones de TPS son discrecionales, pero el secretario primero debe “encontrar que las condiciones del país cumplen con los criterios legales, incluido que la designación se basa en un conflicto armado en curso, un desastre ambiental o condiciones extraordinarias y temporales”.

El reglamento indica que los no-ciudadanos que cumplan con los criterios legales pueden recibir TPS independientemente de su estado migratorio, incluso durante el proceso de deportación o después de que se haya ordenado la deportación, e independientemente de su forma de entrada.

Mientras dura el TPS, los beneficiarios están protegidos de ser deportados por el DHS y están autorizados para trabajar en Estados Unidos por el tiempo de validez del amparo de deportación. También son elegibles para viajar al extranjero con autorización previa del DHS a través de USCIS.

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