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Expertos advierten que cambios sugeridos por el gobierno a la Corte de Inmigración “socavan el debido proceso”

Abogados y activistas a nivel nacional advierten al gobierno que su misión es “defender enérgicamente los derechos de los inmigrantes detenidos en procedimientos de deportación y abogar por un cambio sistémico” a la Corte de Inmigración, pero no con el objetivo de que prevalezca el interés del Ejecutivo, sino para que se imparta justicia.
30 Sep 2020 – 12:45 PM EDT
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Un grupo de organizaciones que agrupa a expertos en la ley y el sistema de inmigración concluyeron que los cambios sugeridos por el gobierno de Donald Trump a la Corte de Inmigración a finales de agosto, “socava el debido proceso” y urgieron al Departamento de Justicia (DOJ) que deje de inmediato “sin efecto” la propuesta de nuevo reglamento.

En un documento de 15 páginas fechado el viernes de la semana pasada y conocido este martes, la Asociación Americana de Abogados de Inmigración (AILA), la Campaña por Justicia de Inmigración (IJC) y el Consejo Americano de Inmigración (AIC) redactaron sus opiniones y las remitieron para ser consideradas como parte del comentario público.

El grupo de organizaciones, que representa a expertos, activistas y más de 15,000 abogados de inmigración a nivel nacional, advierten al gobierno que su misión es “defender enérgicamente los derechos de los inmigrantes detenidos en procedimientos de deportación y abogar por un cambio sistémico” a la Corte de Inmigración, pero no con el objetivo de que prevalezca el interés del Ejecutivo, sino para que se imparta justicia.

Denuncian además que los cambios propuestos no tienen el propósito de darle a los inmigrantes un juicio justo, sino afectar el debido proceso acortando los tiempos de los juicios para acelerar las deportaciones.

Qué propuso el gobierno

El 26 de agosto el Fiscal General William Barr publicó en el Registro Federal una propuesta de reglamentación titulada “Procedimientos de Apelación y Firmeza en los Procedimientos de Cierre istrativo de inmigración", orden que había sido dictada inicialmente en mayo de 2018 por el entonces fiscal general, Jeff Sessions.

La norma, redactada bajo el argumento de que los jueces han abusado de la autoridad que poseen para utilizar la herramienta del cierre istrativo, no solo recomienda cancelar este recurso sino también cerrar la puerta a la posibilidad de reabrir casos y revisar transcripciones de sus propias decisiones para corregir errores y sentar justicia.

El cierre istrativo es una herramienta que los jueces emplean, bajo su autoridad e independencia del cargo, para istrar sus expedientes y tomar decisiones basadas en la ley y los hechos presentados ante ellos por las partes que participan en el debido proceso migratorio ventilado ante el tribunal que presiden.

Los alegatos

Según el gobierno, el cierre istrativo “hace poco para istrar los tribunales de inmigración de manera efectiva y hace mucho para menoscabar la istración eficiente y oportuna de los procedimientos migratorios”.

Sin embargo, el grupo que se opone a la nueva regla cuestiona el argumento y advierte que esta herramienta “ha sido durante mucho tiempo una clave de registro para los jueces de inmigración, permitiéndoles gestionar eficazmente su creciente carga de casos”.

Por ejemplo, explican, el cierre istrativo se puede utilizar para gestionar casos en los que:


  • El demandado busca una petición (de ajuste de estado a residente) I-130, por lo que el caso puede resolverse rápidamente y rescindirse, y entonces se vuelve a programar;
  • Para otorgar alivio VAWA o para solicitantes de visas “U” y “T” (para víctimas de violencia o tráfico humano) en espera de adjudicación por parte de USCIS (Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS); o
  • En espera de una orden en otro sistema judicial, por ejemplo, un tribunal de familia (cuyo resultado ayude o beneficie al inmigrante).

De eliminarse esta herramienta, “afectaría la elegibilidad” para reparar procedimientos, por nombrar alguno, dice el grupo. Y añade que los jueces de inmigración deben continuar con la capacidad de cerrar istrativamente un caso, y que esta herramienta se utiliza cuando el expediente está “maduro” y no de manera arbitraria como argumenta el gobierno.

Razones en duda

El documento también describe lo que identifica como datos inexactos del gobierno utilizados para justificar la propuesta. El análisis precisa que los datos en los que se basa el DOJ para su afirmación de que el cierre istrativo fracasó como política ”es simplemente incorrecta”, y señala que el citado ministerio “intenta vincular los retrasos por la acumulación de casos en la Corte de Inmigración entre 2012 y 2018 a una decisión de la Corte de Apelaciones de Inmigración (BIA) sobre el cierre istrativo”.

“Pero este crecimiento de la cartera de expedientes se debió principalmente al aumento repentino de la número de personas que buscan asilo en la frontera”, indica el comentario, aludiendo a la crisis reconocida por el entonces gobierno de Barack Obama en junio de 2014, cuando la Patrulla Fronteriza había detenido en lo que iba del año fiscal más de 46,000 Menores No Acompañados (UAC) y un número similar de unidades familiares.

“Como el propio Departamento de Justicia ha reconocido, la reorganización de expedientes en procedimientos implementados entre 2015 y 2017 ayudaron a impulsar el retraso”, agregan.

Cabe destacar que cuando Trump llegó a la Casa Blanca en enero de 2017, la Corte de Inmigración tenía acumulados unos 530,000 casos de acuerdo a datos proporcionados por el Centro de Información y de Registros Transaccionales (TRAC) de la Universidad de Syracuse, en Nueva York. En marzo de 2020, cuando fue declarada la pandemia del coronavirus y la frontera fue cerrada a todo ingreso no esencial, el número de casos acumulados era de 1.2 millones y la mayoría corresponden a solicitantes de asilo en la frontera con México.

Retiren la propuesta

Los expertos indicaron además que el DOJ debería retirar el nuevo reglamento, pero no tanto por las inconsistencias halladas, sino porque el gobierno no proporcionó “un período de comentario predeterminado de 60 días” requerido y estipulado por Orden ejecutiva 12866, sobre todo cuando se trata de asuntos tan complejos y delicados.

“Las agencias que proceden con notificación y comentarios la reglamentación bajo la Ley de Procedimiento istrativo (APA) debe, en la mayoría de los casos, proporcionar un período de comentarios de no menos de 60 días con el fin de ofrecer al público una oportunidad de comentar sobre cualquier reglamento propuesto”, indican.

De hecho, agregaron, “cuatro días antes del cierre del plazo para comentarios sobre este reglamento, el Departamento de Justicia publicó un nuevo reglamento sobre Procedimientos de Asilo y Retención de deportación que podrían tener efectos significativos en la practica judicial de inmigración
y puede implicar en los cambios propuestos en esta regla”.

El grupo agregó que “desafortunadamente y porque el DOJ solo ha proporcionado un período de comentarios de 30 días sobre este reglamento, no pudimos comentar la interacción de estas dos propuestas, algo que hubiéramos hecho si hubiéramos tenido tiempo suficiente. Solo por esta razón, el gobierno debe retirar la regla y reeditarla para permitir la oportunidad de comentar ambas propuestas de reglamento” al sistema migratorio.

La guerra de Sessions

La eliminación de la herramienta de cierre istrativo a los jueces de inmigración no es nueva ni la comenzó Barr. El autor de esta medida fue Jeff Sessions, exfiscal general de Trump entre 2017 y 2018 y ejecutor de la política migratoria de ‘tolerancia cero’, una de las principales promesas de campaña de Trump.

En septiembre de 2018 un documento publicado por la Corte de Inmigración (EOIR), dependencia que opera bajo el mando de Departamento de Justicia, señaló que por instrucciones del Fiscal General, los jueces ya no pueden usar su discrecionalidad para dar por terminado un caso (cierre istrativo).

La herramienta “pone a dormir” un proceso de deportación cuando el enjuiciado lleva años en el país, carece de antecedentes criminales, tiene una familia establecida (esposa y/o hijos ciudadanos estadounidenses), paga impuestos, tiene buen carácter moral y el juez determina que no constituye una amenaza a la seguridad pública o nacional. En ese caso el inmigrante, al no ser expulsado, recibe la residencia legal permanente por medio de una solicitud I-130).

Bajo la regla de Sessions, “los jueces podían detener una deportación si se cumplían dos condiciones. Si el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) no podía probar en la corte los cargos que permitieron la apertura del caso de deportación, o si el extranjero tenía una solicitud de ciudadanía pendiente de aprobación final y el peticionario había demostrado que califica.

Bajo la primera condición señalada por la nueva regla, tanto indocumentados como extranjeros autorizados tienen altas probabilidades de perder sus casos y ser expulsados del país, porque los jueces “debían ceñirse estrictamente al reglamento”, advirtió José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami (Florida). Y el reglamento decía que sólo si el DHS no lograba ganar con sus argumentos.

La segunda condición se refería expresamente a inmigrantes con residencia legal permanente (green card) que enfrentaban un proceso de deportación y su trámite de ciudadanía se encontraba avanzado. “Los indocumentados no entran en esta categoría porque no son elegibles para convertirse en ciudadanos estadounidenses”, indicó Guerrero.

Freno judicial

Un año después de la orden emitida por Sessions, una corte de apelaciones devolvió a los jueces de inmigración de cuatro estados el poder para cerrar istrativamente casos de deportación. El fallo le propinó un duro golpe a la política migratoria de 'tolerancia cero' de Trump, cuyo objetivo es deportar al mayor número posible de indocumentados.

En un fallo de 24 páginas, la Corte de Apelaciones del 4º Circuito dictaminó que los Jueces de Inmigración (IJ) y la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) “tienen la autoridad de cerrar istrativamente los casos pendientes ante ellos”.

El dictamen dejó sin efecto la decisión emitida en septiembre del año anterior por Sessions tras cambiar la decisión en el caso Castro-Tun. El exfiscal general concluyó entonces que la ley de inmigración (INA) no permitía que los jueces de inmigración cerraran los casos istrativos ante sus propios tribunales, incluso aquellos que podrían ser resueltos por otras agencias federales.

La decisión obligó a la reapertura de unos 350,000 expedientes sentenciados en los últimos 20 años y su reprogramación en las cortes de inmigración para reanudar los procesos de deportación.

Caso determinante

La decisión de la Corte de Apelaciones del 4º Circuito llegó luego de revisar el caso del inmigrante hondureño Jesús Humberto Zuniga Romero, quien solicitó a BIA que revisara su expediente tras ser afectado por la decisión de Sessions.

En 2013 el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) puso a Zuniga Romero en proceso de deportación por encontrarse indocumentado. El inmigrante firmó una salida voluntaria, pero en 2014 un juez determinó que Zuniga era beneficiario de un Formulario I-130 pendiente presentado por su esposa, quien era entonces una residente legal permanente.

Una vez que USCIS le aprobó el Formulario I-130 (petición de residencia hecha por un familiar inmediato), Zuniga Romero presentó una moción solicitando un cierre istrativo de su caso indicando, además, que su esposa se había convertido en ciudadana estadounidense y que él deseaba presentar un Formulario I-601A para una exención provisional de presencia ilegal y con ello liberarse de la Ley del Castigo, también conocida como Ley de los 10 años.

Tras un fallo adverso en 2017, Zuniga Romero apeló la sentencia y la BIA posteriormente le otorgó el cierre istrativo. Sin embargo, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) apeló la sentencia. Y mientras el tribunal revisaba nuevamente el caso, Sessions emitió su decisión respecto al caso Castro-Tum y Zuniga Romero perdió la apelación.

Orden clave

Zuniga no se rindió y volvió a la carga. En agosto del 2019 la Corte de Apelaciones del 4º Circuito le dio la razón, y junto con él otros cientos, quizás miles de migrantes se han visto beneficiados con la sentencia.

El juez George Steven Agee escribió en el dictamen que “al establecer el contexto para nuestro análisis de los méritos de los argumentos de las partes, observamos que el cierre istrativo es una herramienta de acoplamiento que ha sido utilizada por los jueces de inmigración y la Corte de Apelaciones desde al menos a fines de la década de 1980”.

El cierre istrativo “no da como resultado una orden final, sino es simplemente una conveniencia istrativa que permite la eliminación de casos del calendario en situaciones apropiadas”, agregó.

En conclusión, la corte dictaminó que la Ley de inmigración “sin ambigüedades, confiere a los jueces de inmigración y a la Corte de Apelaciones de Inmigración la autoridad general para cerrar casos istrativamente de modo que la decisión de BIA (anunciada en septiembre del 2018) debe ser anulada”.

El fiscal general Barr, al publicar en agosto de este año el nuevo reglamento, revivió la totalidad de los argumentos de Sessions para convertir las cortes de inmigración en tribunales con un solo propósito: deportar.

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