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Actualidad

Alquiler de vientre: un fallo judicial autoriza el primer caso en la Argentina

Publicado 14 Jul 2017 – 02:34 PM EDT | Actualizado 22 Mar 2018 – 02:20 PM EDT
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No es la primera vez que en nuestro país se alquila un vientre, pero sí que una autorización de la justicia lo convierte en legal, marcando un importante precedente.

Dos hombres de Viedma que forman pareja, serán padres a través de este método de reproducción asistida, y la gestante (o madre sustituta) será una amiga de ellos.

El Dr. Carlos Massolo de la clínica de fertilidad Procrearte explicó que «no hay reglas al respecto en la Argentina. Algunas parejas llevan adelante la práctica sin autorización judicial y acuden a los juzgados para revertir la maternidad natural de la gestante, con su conformidad y de ese modo atribuirla a los padres biológicos. Pero de lo contrario, el menor sigue siendo hijo de la gestante. Esta situación irregular puede complicar la identidad del menor, ya que -técnicamente- es hijo de la gestante y alguno de los padres, siendo de ambos su responsable legal».

El sueño hecho realidad

La pareja que logró el fallo a su favor tenía el deseo de tener un hijo hace años. Una amiga  se ofreció para prestar su vientre y ayudarlos a cumplir su sueño de conformar una familia.

Uno de ellos aportará los espermatozoides, recurrirán a una donante anónima de óvulos y la amiga de ellos será quien geste a los embriones logrados a través de fecundación in vitro.

La amiga, que es quien será la madre sustituta, es madre de tres hijos y expresó que presta su vientre solo para poder ayudar a sus amigos a conformar una familia y no por el deseo de procrear.

Por esta razón, el fallo aclara explícitamente que la madre sustituta no tendrá vinculación genética ni legal con el/los bebés.

El porqué del fallo a favor

El método de gestación por sustitución, es una técnica que no está regularizada, es decir que no hay ningún cuerpo legal en la Argentina que contemple la maternidad sustituta.

Bajo este fundamento, María Laura Dumpé, la jueza de Familia de Viedma, lo autorizó bajo la premisa de que « lo que no está prohibido, está permitido».

Además destacó la voluntad procreacional de la pareja, es decir, el deseo de convertirse en padres, asumiendo que desde el momento de su nacimiento le brindarán su protección, educación, formación, cuidado y amor.

Cuando nazca el/los bebés, los van a inscribir como hijos de la pareja y el certificado de nacimiento deberá ser expedido por el Registro Civil y de Capacidad de las Personas de Río Negro.

La jueza también ordenó que cuando el bebé crezca y adquiera la edad y madurez suficiente para entender, sus papás deberán contarle su origen gestacional.

Para la OMS, la maternidad subrogada es una técnica de reproducción humana asistida que debería ser accesible para todos/as sin discriminación.

Que la justicia haya determinado este fallo, es sumamente importante para respetar la identidad de los niños y niñas que naccen a través de este método .

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